Nueva victoria de AGEDI en la lucha contra la piratería musical

Bloqueo inmediato de 9 páginas web ilegales de descarga directa de música

Las empresas y asociaciones dedicadas a las industrias de creación de contenidos y las industrias culturales celebran otra nueva victoria..

Las empresas y asociaciones dedicadas a las industrias de creación de contenidos y las industrias culturales celebran otra nueva victoria en la defensa de la propiedad industrial e intelectual tras el bloqueo de 9 páginas web ilegales de descarga directa y 40 de sus réplicas o reproducciones.

El Juzgado Mercantil de Barcelona número 8  ha dado nuevamente la razón a la Asociación de Gestión de Derechos de Propiedad Intelectual (AGEDI), entidad que representa a las compañías discográficas, al notificar con fecha 30 de octubre la sentencia estimatoria de la demanda presentada contra los operadores principales de telefonía fija y móvil en el mercado Español, Movistar, Vodafone, Orange Espagne, Masmóvil y Euskaltel para que adoptaran en el plazo de 72 horas las medidas necesarias para bloquear el acceso, desde el territorio español, a las páginas web ak47full.net, corourbano.org, elcallejonmusical.com, ipauta.com, mimp3e.me, mp3clan.net, my-free-mp3s.com, www2.zippyaudio16.com y tamilrockerss.se, incluidas sus réplicas o reproducciones (en la demanda se incluyen más de 40) , así como a cualquier dominio, subdominio, dirección IP, URL, proxy o cualquier otra forma técnica de migrado que, actualmente o en el futuro, permitiera o facilitara el acceso a las mencionadas páginas web infractoras o a su contenido.

Todas las páginas web infractoras ofrecían a los internautas la descarga directa de contenido musical que se encontraba alojado en sus propias webs, sin autorización de los titulares de los derechos de propiedad intelectual. Además, algunas de las páginas webs infractoras, permitían la posibilidad de escucha en streaming de las canciones protegidas existentes en ella y la visualización de los videos musicales, cuyos derechos de propiedad intelectual corresponden a miembros de AGEDI. Para comprobar la importancia de esta resolución judicial, solo es necesario conocer las cifras de audiencia de una de las páginas web ahora bloqueadas, ak47full.net.  La página en cuestión acumulaba más de 8,6 millones de visitantes a nivel mundial, de las cuales un millón de visitas fueron realizadas desde España.

Un nuevo respaldo en los tribunales

“Más allá del enorme perjuicio que supone el hecho del uso irregular de nuestra música para actividades de cualquier tipo de piratería, en concreto los servicios ilegales de descarga directa ocasionan pérdidas considerables a las compañías discográficas, ya que tienen un impacto negativo sobre los ingresos procedentes tanto sobre la compra de música como sobre los servicios de streaming, como Spotify, iTunes, Amazon Music, Google Play Music o Deezer. Evidentemente estas webs suprimen cualquier incentivo para que los usuarios accedan legalmente a su música favorita en cualquiera de llos formatos en que esta se presenta, en la medida que ofrecen descargas de música de forma gratuita e ilimitada”, declaró Antonio Guisasola, presidente de AGEDI y Promusicae. Y añadió, “esta sentencia es un nuevo respaldo en los tribunales y sigue la senda abierta en su día, hace ya más de tres años, de otra del Juzgado de lo Mercantil nº 2 de Barcelona que fue ratificada en apelación por la Audiencia Provincial de Barcelona, Sección 15ª, en la que se estimaba la demanda promovida por AGEDI contra varios prestadores de servicios de acceso a Internet, en la que se ejercitaron acciones de cesación de acceso, en este caso respecto a la web Exvagos, idénticas a las que se deducen en este caso. A esta sentencia pionera en nuestro país han seguido otras similares, que ordenaban a los proveedores de internet impedir el acceso a webs infractoras, como lo logrado la semana pasada con Lomusical.org o en fechas recientes, de páginas web que ofrecían torrents, Masquetorrent, Isohunt, 1337x, Limetorrents, Torlock. Torrentfunk y Extratorrent o con la técnica del Stream-ripping, como flvto.biz y 2conv.com”. Para acabar sentenciando, “vamos a continuar ejerciendo el deber de reclamar nuestros derechos en los tribunales y proteger la música de nuestros asociados de toda actividad ilegal y, en este sentido, la colaboración de los prestadores de acceso a internet no oponiéndose a estas acciones y aplicándolas de forma ágil y decidida se demuestra fundamental”.