Potente sanción del Ministerio de Cultura a un pirata internacional
Punto y final a una historia de multirreincidencia en la vulneración de los derechos de propiedad intelectual. Cultura sanciona al..
- Punto y final a una historia de multirreincidencia en la vulneración de los derechos de propiedad intelectual.
- Cultura sanciona al propietario de Exvagos.com con una multa de 400.000 euros y el cese inmediato de actividad, la cuantía más alta hasta la fecha.
- El Ministerio de Cultura y Deporte, firme en su prioridad de luchar contra la piratería.
Madrid, 18 de noviembre de 2018. El Ministerio de Cultura y Deporte vuelve a demostrar su total compromiso en la lucha contra la piratería y en la defensa de los derechos de la propiedad intelectual.
Así, desde hoy, es firme la resolución que pone fin al procedimiento abierto contra el propietario de las webs exvagos.com, exvagos1.com y exvagos2.com (Alexis Giles) y a quien impone una multa de 400.000 euros (cuantía más alta hasta la fecha) y el cese inmediato de actividad por la comisión de una infracción administrativa calificada como muy grave al reincidir en la vulneración de los derechos de propiedad intelectual.
Celebración en el sector por la caída de un objetivo perverso.
Exvagos ha sido un objetivo a batir desde 2012 por todas las industrias de contenidos (musical, libro, cine, series, videojuegos, etc.). Entre todos sus representantes (CEDRO, AEVI, PROMUSICAE, FEDICINE, AIE, EGEDA, FGEE,…) han instado, implacables, un sin fin de procedimientos, en vía administrativa y civil, contra su actividad ilegal al ser tremendamente perjudicial para el sector, que hoy llegan a su culminación gracias a la acción firme del Ministerio de Cultura y Deporte.
Esta web ofertaba ilegalmente un altísimo volumen de contenidos, superando en la actualidad los 760.000 (194.000 ebooks, 180.0000 resultados de cine, 92.000 de música, 30.000 videojuegos, entre otros), llegando a tener casi 3 millones de usuarios, ayer aún, más de dos millones. Todo ello le hacía ostentar la posición 354 en el ranking de webs más visitadas en España, puestos próximos a webs de referencia cómo la de El Corte Inglés o, por encima, de otras, cómo la de Los 40 Principales.
La web de www.exvagos.com (y todos los dominios predecesores) tenían un funcionamiento típico de una web de descarga, con la salvedad de que tenían confeccionados una serie de controles para evitar que ningún medio automático pudiera identificar los contenidos y reportarlos para su desactivación. Igualmente, los moderadores de cada uno de los foros siempre han tenido una estricta organización. Para poder acceder al contenido de la web era obligatorio registrase y leer el funcionamiento que ofrecía meticulosas normas para publicar, saber dónde hacerlo y en qué orden para no ser detectados. Incluso se especificaban los casos en que un usuario podía ser excluido de la página por ponerla en riesgo de detección por parte de las autoridades. Todo ello acredita como dice la resolución de Cultura “que los responsables de la web (titular, uploaders, ciberlockers, etc.) presentan un carácter profesional y pertenecen a un entramado con conexiones a nivel internacional”.
Desde La Coalición de Creadores e Industrias de Contenidos, su directora, Carlota Navarrete, ha manifestado que “es una sanción justa y una excelente noticia para el sector. Todos los miembros de La Coalición, felicitamos al ministro y a su equipo por el rotundo mensaje que lanza con esta resolución y, les ofrecemos todo nuestro apoyo para dar continuidad a los esfuerzos realizados en la lucha contra la piratería como prioridad estratégica, dirigida a lograr un descenso drástico de la actividad ilícita y a permitir la definitiva consolidación de la oferta legal, clave para situar a las Industrias de Contenidos como motor económico y de empleo en nuestro país, y a la Cultura como pieza fundamental para la competitividad internacional y la salud democrática”.
El procedimiento sancionador: un instrumento necesario para el legislador
El procedimiento administrativo de carácter sancionador se introdujo en la reforma de la Ley de Propiedad Intelectual de 2015, y fue perfeccionado gracias a la reforma de 2019 que refrendó, enérgicamente, la práctica totalidad del arco parlamentario. Dicho procedimiento nació para dar respuesta a la realidad de que determinadas webs infractoras jugaban al “perro y el gato” con los titulares de derechos de propiedad intelectual y la Administración: eliminando temporalmente el contenido ilegal, dejando caer la web momentáneamente, mientras se realizaban las comprobaciones por parte de la Comisión o permanecían inactivas mientras estaban vigentes las medidas pero volviendo a la actividad infractora, una vez que sabían que el riesgo de que se tomasen medidas, había pasado. Con ello dejaban estéril la eficacia del procedimiento de salvaguarda de derechos de propiedad intelectual, burlándose, sistemáticamente, del esfuerzo de los titulares y de la Administración, y persistían en su objetivo que era seguir explotando ilegalmente los contenidos, ocasionando importantísimas perdidas al sector, al empleo y al Estado. En el caso de Exvagos, esta burla era manifiesta y descarada, llegando a subir vídeos a YouTube jartándose y riéndose de los requerimientos del Ministerio de Cultura y Deporte.
De ahí, la victoria para el sector y la gran trascendencia de esta resolución, que es ya la segunda en sancionar a una web por vía administrativa, imponiendo una multa de tan alta cuantía. Además, detalla la resolución que, en caso de no producirse el cese voluntario, se requerirá la colaboración necesaria a los prestadores de servicios de intermediación (operadores de acceso a internet, los servicios de alojamiento, los motores de búsqueda y los servicios de publicidad) para que procedan al bloqueo de dichas webs.
La resolución señala que los hechos cometidos por la web, y el modus operandi de Alexis Giles, son constitutivos de infracción administrativa al considerar muy grave la vulneración reiterada y reconoce que la web exvagos (y sus variantes exvagos1.com y exvagos2.com) son un infractor multirecurrente y que queda demostrada la intencionalidad.
Sólo en 2018 el número de los contenidos ilícitos a los que se accedió en nuestro país fue de 4.348 millones, por valor de 23.918 millones de euros, causando un perjuicio para el sector de 2.188 millones. Las arcas Públicas podían haber percibido 638 millones de euros y se podrían haber creado 131.262 puestos de trabajo directos e indirectos, según los datos del Observatorio de la piratería y hábitos de consumo de contenidos digitales 2018.